
Cada vez son mas las parejas que se interesan por la posibilidad de optar a un tratamiento que permita la transferencia de embriones donados por otras parejas. Estas parejas donantes han sido sometidas a un ciclo de fecundación in vitro y ya han satisfecho sus deseos de descendencia, por tanto, deciden de una manera voluntaria donar esos preembriones a otras parejas con problemas de fertilidad. Este tipo de tratamientos están regulados por ley y estos requisitos deben ser conocidos por ambas partes antes de iniciar el trámite de la donación. La pareja donante debe tener claro existencia de parejas con dificultades para conseguir un embarazo con sus propios gametos (óvulos o espermatozoides, o ambos) o preembriones, debido al padecimiento de algún problema médico. Para intentar paliar esta situación de esterilidad se hace preciso obtener preembriones de otras parejas sanas que estén dispuestas a donarlos. Se le informa a la pareja donante de que sus preembriones serán utilizados en técnicas de reproducción asistida que se realizarán a otras parejas que lo necesiten, siempre que dichas técnicas se encuentren científica y clínicamente indicadas. Asimismo, y sin perjuicio de la realización de los estudios que se realizan en estos casos, en la consulta médica los miembros de la pareja donante deben declarar tener plena capacidad para obrar y no padecer enfermedades congénitas, hereditarias o infecciosas transmisibles que puedan dar lugar a riesgo grave para la posible descendencia. La pareja donante debe ser advertida del carácter gratuito, secreto y anónimo de la donación de preembriones y saber que es un acto voluntario, altruista y desinteresado, sin que pueda existir retribución económica, ni posibilidad de exigir precio alguno por los preembriones donados.
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